31 gen. ADOLESCENTES CON AUTONOMÍA
Ante los diversos laberintos sin salida a los que la sociedad adulta somete a los y las adolescentes, recurro de nuevo a la redifusión de textos ya publicados . Ahora, sin haber reposado mínimamente una propuesta de acompañamiento a las adolescentes que han de decidir sobre su maternidad, los que nos mandan vuelven a liarla. Como no quiero seguir respondiendo a la pregunta periodística de “¿cuando maduran?” los adolescentes ni avalar derechos a saber de padres qeue nunca escuhan a sus hijos vuelvo a divulgar el artículo de hace año y medio en el que ya contestaba.
EN LUGAR DE DISCUTIR SOBRE SU AUTONOMÍA PREOCUPÉMONOS POR GRANTIZAR EL ACOMPAÑAMIENTO EDUCATIVO EN SUS DECISIONES
Resulta fácil oír en boca de un adolescente: en mi casa me tratan como si todavía fuera pequeño. También es habitual que padres y madres se pregunten: ¿cuándo podemos y debemos dejarle tomar decisiones importantes? El primero hace tiempo que quiere volar solo. Los segundos sienten que todavía está “tierno”. Este pequeño dilema familiar se convierte en conflicto social general cuando un chico o chica de, por ejemplo, 15 años ha de tomar decisiones que suscitan preocupación en sus mayores. Cuando se arriesgan o cuando se saltan gravemente las normas y deseamos castigarlos. Cuando han de decidir sobre su maternidad, cuando los queremos encerrar para que no alteren la paz adulta. Al final, siempre la duda: ¿a qué edad?
Las respuestas siguen lastradas por dos conceptos: la madurez y la minoría. El primero de ellos es subsidiario de una concepción de la infancia como proceso de crecimiento y acumulación, según la cual hay un momento determinable en el que se han adquirido suficientes competencias. El segundo depende de la idea jurídica de la capacidad de obrar y de ser imputado, que las normas han de fijar en una u otra edad. Antes se es menor, después se es mayor.
Ese esquema dicotómico es inviable hoy, al menos, por tres grupos de razones. En primer lugar, porque, desde hace más de dos décadas, tenemos entre nosotros un nuevo ciclo vital obligatorio y largo que es la adolescencia. Pero todavía no hemos definido para qué sirve, cuáles son sus tareas y cuál es su estatus entre los ciclos adultos y las etapas infantiles. No vale decir que no es ni lo uno ni lo otro.
El segundo grupo de razones tiene que ver con la psicología de los ciclos evolutivos. Cada periodo, aunque tenga que ver con el anterior y el siguiente, tiene sentido en sí mismo. Tiene una lógica interna, unas necesidades propias, unas conductas singulares. No se es ni una miniatura adulta ni un proyecto de futuro, se es una realidad de presente (que puede condicionar el futuro). Estamos obligados a dar respuestas educativas, sociales, normativas, adecuadas a las características de cada etapa.
Finalmente, hace 20 años que la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de la Infancia estableció que los niños y niñas (0-18 años) debían ser considerados sujetos activos de derechos y no objetos que proteger. Estamos obligados a descubrir y considerar qué siente y desea un niño de 3 años en una ruptura familiar. Podemos discutir las condiciones, pero un adolescente ha de ser una persona con capacidad de autonomía.
Beber, hacerse un tatoo,tener una tarjeta de crédito, decidir sobre una intervención médica, etcétera son conductas que las normas regulan para edades adolescentes y con condiciones diferentes, sin que se pueda inferir un criterio común más allá de alarmas y estados emocionales del legislador. Para salir del atolladero, sugiero que adoptemos (y luego apliquemos a las normas) cuatro criterios:
1. La responsabilidad no es un concepto penal ni una exigencia adulta de buen comportamiento. Es una variable educativa. Significa que en todas las edades los niños y las niñas tienen derecho a respuestas adultas que les responsabilicen, que les ayuden a tomar conciencia de su conducta y de sus efectos. Con los adolescentes lo que debemos discutir es qué respuestas adultas son adecuadas a esa etapa y sirven para responsabilizarlos.
2. Entre los 12/ 13 y los 18 años ya no estamos en una etapa de tutela sino en un tiempo de construcción modulada de la autonomía. Han de poder decidir (teniendo en cuenta su realidad personal, su contexto de vida y la cuestión sobre la que han de decidir), han de poder equivocarse, han de poder aprender de sus equivocaciones.
3. Existen dos obligaciones adultas. Por un lado, poner redes (reducción de daños) para minimizar los efectos secundarios que van asociados a algunas de sus conductas (desde el acceso fácil al preservativo al saber cómo no han de usar una droga). Por otro, no olvidar que los castigos han de estar al servicio de la responsabilidad, no de las reacciones sociales de venganza. No hay impunidad porque no encerremos.
4. La verdadera autonomía es aquella que puede ser acompañada. No hay ningún adolescente que quiera que lo dejemos solo. Nos necesitan cuando han de tomar decisiones críticas. Nos necesitan para gestionar el proceso posterior de sus decisiones, de sus aciertos resignados y de sus equivocaciones. Pero no sirve un padre broncas ni un profesional que sólo transmite angustia por el futuro.
Ante una chica adolescente embarazada, la pregunta que el profesional debe poder hacer es: ¿en qué persona adulta confías? No discutamos sobre autonomía. Preocupémonos por cómo garantizamos el acompañamiento educativo de sus decisiones.
(Publicado en La Vanguardia el 25.07.210)
josep maria jarque
Publicado el 19:14h, 31 generAquests quatre criteris són una bona eina. Paga la pena recordar i divulgar-los entre els pares i els professors